viernes, 25 de mayo de 2018

SESION 6, ACTIVIDAD 2. ENTREVISTA

ENTREVISTA A MARÍA G. 

OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL


NOTA: La oficial prefirió el anonimato y no ser grabada.

Aspirante: María Yudith Guzmán Arriaga

Oficial del Registro Civil: María G.


ASPIRANTE: Buenos días, mi nombre es María Yudith Guzmán Arriaga, Y aspiro a Estudiar en la Universidad Abierta y a Distancia México UNADM, le agradezco de antemano su fina atención y colaboración para llevar a cabo mi entrevista.

MARÍA G.: Es un gusto poder colaborar en uno de sus sueños, espero y sea admitida en dicha institución.

ASPIRANTE: ¿Cuanto tiempo lleva desempeñándose como Oficial de Registro Civil?

MARÍA G. : A partir del mes de octubre del año 2015, es decir desde que inicio la gestión de nuestra actual presidente municipal.

ASPIRANTE: ¿Cual es el perfil para poder ser Oficial del Registro Civil?

MARÍA G. De acuerdo a la Ley 495 del Registro Civil en el Estado de Guerrero la oficialía 01 de ser ocupada preferentemente por un Licenciado en Derecho o bien tener un titulo o cédula profesional, es decir que si no tiene una preparación universitaria no puede ocupar el cargo, para las oficialas subsecuentes mínimo haber terminado satisfactoriamente el nivel medio superior (bachillerato o preparatoria). Además de aprobar un examen de ética que es aplicado antes de entrar en funciones esto por parte de la Coordinación Técnica del Sistema Estatal de Registro Civil. Y cabe mencionar que quien decide quien ocupara el cargo es el cabildo.

ASPIRANTE. De acuerdo a su experiencia, ¿Que tanto conocen las personas sobre las funciones e importancia del Registro Civil?

MARÍA G. Lastimosamente parece que poco y la importancia que le dan es muy poca en realidad, siendo que esta institución es quien les da identidad, que esta con ellos desde que nacen hasta el momento de su muerte.

ASPIRANTE: Usted, ¿que ha hecho para preservar y dar a conocer los derechos civiles que atañen a su cargo?

MARÍA G. Bueno no es una tarea fácil, de acuerdo al código civil vigente en el estado, los recién nacidos deben ser presentados ante mi para su registro de nacimiento dentro de los primero 30 días (Articulo 320), sin embargo no lo hacen la mayoría presentan al menor después de 3 meses; ahora hablando de la defunción de igual manera no existe digamos la cultura de llevar a cabo el registro de defunción, parece que ahora con los apoyos federales tienen que hacerlo y eso a contribuido a que las personas acudan a realizar lo. En cuanto al estado civil es aun mas complejo, una vez que se lleva a cabo el matrimonio dejamos de ser solteros y lamentablemente hoy en día no duran casi los matrimonios así que se separan, sin llevar a cabo el divorcio y el problema se viene cuando han pasado años y tienen que dividir sus vienes a pesar de ya no estar juntos. Y se enojan conmigo, asi que antes de llevar a cabo la ceremonia de matrimonio les explico en que consiste la sociedad conyugal y  lo que conlleva separarse en dado caso y no divorciarse. hemos hecho campañas de registro de nacimiento en niños de mas de un año de nacidos para regularizarlos, ya que sin registro de nacimiento es como si no existieran.

ASPIRANTE: ¿Que pasa cuando no se hace debidamente un registro de nacimiento?

MARÍA G.: Para evitar que se asiente mal un dato se requiere presenten toda la documentación que forma parte de los requisitos y que están contenidos en la Ley 495 de Registro Civil. En caso de  que  aun así hubiese algún error se puede llevar a cabo un tramite de rectificación o aclaración de datos el cual e lleva a cabo en la Coordinación Técnica del Sistema Estatal del Registro Civil.

ASPIRANTE: A la hora de registrar un menor se le puede poner cualquier  nombre.

MARÍA G.: Si  no existe como nombre no se le puede poner, si es un nombre como tal aunque sea de otra nación si.

ASPIRANTE: Usted puede negarse a llevar a cabo una ceremonia de matrimonio.

MARÍA G.: Si esta debidamente requisada no. Sin embargo en tales casos como la presencia de una enfermedad que atente en contra del otro contrayente si, casos como en el que uno sea menor de edad, por que ahora deben de tener 18 años cumplidos de acuerdo al decreto 438 en el que se reformo y derogaron diversas disposiciones del código civil vigente desde abril del 2017, muy a pesar de que en la mayoría de las veces los padres estén de acuerdo y hasta se molestan por que no se realice dicha ceremonia. y una experiencia de hace apenas unos días en la que parecía que la contrayente no deseaba casarse, me detuve a preguntarle nuevamente si era su libre voluntad contraer matrimonio o que si deseaba hablar con su mama por que era evidente que no quería, aunque finalmente se caso.

ASPIRANTE: ¿No ha tenido problemas legales por desempeñar bien su trabajo?

MARÍA G.: De hecho si actualmente estamos lidiando y digo estamos, por que el abogado del Ayuntamiento me esta ayudando con una demanda de amparo, que al parecer esta mal establecida por el demandante, pero que al final es una demanda. y todo por  o aceptar faltar a lo que la Ley 495 nos pide. Pero es parte de y hemos aprendido mucho, de hecho no soy abogado quizás por eso algunas veces creen que pueden intimidarme.

ASPIRANTE: De todos los actos o registros que lleva a cabo ¿cual cree es el mas importante?

MARÍA G.: Considero que todos son de suma importancia, al nacer lo que nos proporciona identidad es el acta de nacimiento, nuestro estado civil es importante para muchos tramites y pertenencia de bienes y la defunción también es de suma importancia. Así que todos.

ASPIRANTE: Por ultimo, ¿como se les puede ayudar a las personas en sus tramites e el registro civil? para evitar que tengas problemas legales o morales.

MARÍA G.: Siendo honestos como funcionarios y no prestarse a cosas ilegales como le paso una propina pero quiero así o asado mi documento, orientando correctamente de como llevar a cabo sus tramites y no dispensar ningún requisito en el levantamiento de las actas.

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